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Implica que el Estado no debe realizar el recorte
La Justicia otorgó a la Universidad la medida cautelar en relación y con efecto devolutivo
 

La Justicia otorgó a la Universidad la medida cautelar en relación y con efecto devolutivo, luego de que el Estado Nacional apelara la decisión del Tribunal Federal de Río Cuarto por el que se daba trámite al recurso de amparo que interpuso la Universidad y acoger favorablemente la medida de no innovar, lo cual lleva como consecuencia la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 10 y 14 de ley de déficit cero.

Esto implica que el Estado debe cumplir con la medida impuesta por el Juez Federal Luis Rodolfo Martínez, es decir, no recortar el 13 por ciento del presupuesto asignado por el Congreso de la Nación a la Universidad.
Como se recordará, la UNRC presentó una acción de amparo, ante lo cual el juez otorgó la medida cautelar de no innovar. Como respuesta, el Estado Nacional apeló mientras que la Universidad, por su parte, refutó los agravios del Estado, atacando la apelación.
Ahora queda por esperar la resolución de la Cámara Federal de Córdoba, quien deberá decidir respecto de la procedencia de la medida cautelar.
Como se recordará, los fundamentos de la inconstitucionalidad se vinculan con la independencia del Poder Judicial para determinar en los casos en los que una ley contraría los principios constitucionales, que en este caso tiene que ver con la igualdad ante la ley por parte del Estado y los ciudadanos.
En este marco, el Estado Nacional decidió interponer un recurso de apelación contra la medida que decretó el Tribunal, trámite que se realizó ante la Cámara Federal de Córdoba. 
Por su parte, la casa de altos estudios refutó la acción del Estado Nacional, ante lo cual luego deberá resolver la Cámara Federal.
Desde un primer momento, el juez Luis Rodolfo Martínez dispuso que “no se deberá practicar reducción de ninguna índole sobre dichas partidas”, por lo que el Estado debía dejar de aplicar el recorte en el presupuesto de la Universidad y volver a la situación anterior al dictado de la Ley.


 
 
 

 

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