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Lo decidió el Consejo Superior
Las próximas elecciones en la Universidad se desarrollarán el 18, 19 y 20 de abril

El Consejo Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto decidió que los días 18, 19 y 20 de abril de 2006 se realicen las elecciones para la renovación de consejeros titulares y suplentes ante el Consejo Superior y los consejos directivos de las facultades en representación de los claustro alumnos, docentes, graduados y no docentes.

A diferencia de otros años, los docentes y los graduados sólo dispondrán de dos días para emitir su voto, mientras que los estudiantes tendrán tres y los no docentes uno, como es habitual.
Los alumnos votarán los días 18,19 y 20 de abril, en tanto que las elecciones del claustro No Docente se realizarán únicamente el día 20, en el horario de 8 a 18. Por su lado, los graduados y los docentes podrán emitir su sufragio los días 19 y 20.
Según el cronograma establecido, el cierre de padrones será el 16 de marzo, luego de lo cual vendrá el período destinado a su exhibición para aclaraciones e impugna-ciones, el cual se extenderá entre el 20 y el 22 de marzo, hasta las 20.
El 24 de marzo tendrá lugar la resolución de la Junta Electoral sobre aclaraciones e impugnaciones a los padrones. Con posterioridad, entre el 27 y el 28 de marzo, hasta las 20, se llevará a cabo la exhibición de los padrones definitivos.
El período para la presentación de listas de candidatos  estará comprendido entre el 29 y el 31 de marzo, para lo cual los postulantes tendrán tiempo hasta las 20 horas. Las listas serán exhibidas los días 5 y 6 de abril, con miras a posibles impug-naciones. Seguidamente, el 7 de abril se conocerá la resolución de la Junta Electoral sobre tales impugnaciones, en caso de que las hubiere.
El 11 de abril se oficializarán las listas y se comenzarán a exhibir de manera definitiva por parte de la Junta Electoral.
Luego de concretadas las elecciones, 18, 19 y 20 de abril, a partir de las 18 del último día, procederá al correspondiente escrutinio.
La proclamación y asunción de los consejeros titulares y suplentes electos se concretará el 27 de abril.

Nuevo reglamento para otorgar títulos de Doctor Honoris Causa
Un nuevo reglamento establece que la petición para el otorgamiento del título de Doctor Honoris Causa debe ser presentada por los consejos directivos o por el rector al Consejo Superior de la Universidad, antes del 31 de mayo de cada año. Y en caso de provenir de un Consejo Directivo, tendrá que haber obtenido el voto favorable de los dos tercios de sus miembros.
El Doctorado Honoris Causa es el máximo reconocimiento que puede conceder la UNRC a personas de prestigio, argentinas o extranjeras, con o sin vinculación directa con esta institución, pero destacadas por su ética, trayectoria y proceder, así como por sus contribuciones tanto en lo que atañe al saber universal, en sus diversas ramas, como en lo que respecta a acciones ejemplares y dignas, relacionadas con el desarrollo y el bienestar de la sociedad.
La disposición fue aprobada por el Consejo Superior y establece entre sus requisitos que para que una propuesta de estas características sea admitida deberá incluir la motivación que fundamenta la petición.
Una vez admitido con el voto de los dos tercios de los consejeros presentes, número que no podrá ser menor a la mitad del total del Consejo Superior, este cuerpo designará una comisión ad hoc para que analice los méritos de la persona propuesta. Estará integrada por entre tres y cinco miembros de la comunidad universitaria, de los cuales dos serán consejeros superiores.
Si el informe resultare favorable, el Consejo Superior resolverá el otorgamiento del prestigioso título, para lo cual será necesario el voto favorable de los dos tercios de los consejeros. En caso contrario la proposición decaerá y recién podrá ser nuevamente presentada una vez transcurrido un periodo no menor a dos años.
No podrán ser propuestas personas que se desempeñen como autoridades o consejeros en la Universidad, tampoco funcionarios públicos en actividad, ni personas fallecidas.

Eximidos de pago
Los agentes no docentes de la Universidad a partir de ahora están eximidos del pago de aranceles cuando realicen cursos que integren el programa de carreras de posgrado, beneficio del cual ya venían gozando los docentes.
La decisión fue tomada luego de tener resolución favorable de todos los miembros del Consejo Académico de la Escuela de Posgraduación pues “de esta manera, quedaría completa la excepción , ya que abarcaría a docentes, no docentes y becarios cuando pertenezcan a la Universidad Nacional de Río Cuarto y los cursos a los cuales asistan integren el programa de cursos de posgrado”.


 

 
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