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Opiniones
Reforma estatutaria y reestructuración universitaria Mediante la Resolución 417 el Consejo Directivo de la Facultad de Ciencias Humanas se proponen: “las modificaciones al articulado del Estatuto de la Universidad”. Junto a algunas modificaciones menores incluidas en un Anexo, la propuesta más significativa es la contenida en el artículo 2: ”Solicitar al Consejo Superior que incorpore al Orden del Día de la próxima Asamblea Universitaria la consideración de la apertura de la Escuela Superior de Ciencias Jurídicas o el nombre que se determine, ello en el marco de las propuestas sobre Escuelas Superiores presentadas por el Rectorado y esta Facultad como parte de la modificación del Estatuto universitario”. ¿Cómo se fundamenta la propuesta?. La Resolución comienzan por una reiteración: “considerando que se ha puesto en consideración de la comunidad universitaria una propuesta de modificación de los Estatutos”. El siguiente considerando afirma: “que se ha solicitado el aporte de todos los integrantes de la universidad para renovar la normativa y adecuarla a la realidad actual”. Es una pena que la Resolución no aclare cual fue el instrumento utilizado para obtener dicho aporte (votación, consulta escrita, encuesta). El instrumento debe haber tenido alguna imperfección pues, por ejemplo quién suscribe nunca recibió información alguna por los canales habituales de la Facultad de Ciencias Humanas: libro de firmas, correo electrónico, etc. Por otra parte, fuera de los docentes del Departamento de Ciencias Jurídicas, directamente afectados por los proyectos del “Rectorado y esta Facultad”, los docentes con los que trato cotidianamente desconocen también, tanto los contenidos de la Reforma, como las propuestas del Consejo Directivo. Si se pudo conocer el texto del proyecto, ha sido por la gentileza los pocos docentes que accedieron a algunas de las escasas copias distribuidas fuera de los órganos de gobierno. Quizás se piense que la opinión de esos profesores no merezca ser tenida en cuenta, pero no parece lo más correcto que el Consejo Directivo comience las resoluciones invocando consultas casi de fantasía. Respecto a la “propuesta” en si, se debe comenzar por recordar la vieja afirmación que dice que todo texto habla por lo dice, pero también por lo que omite. Por ejemplo, la Resolución no dice una sola palabra, sobre cuestiones que hacen al correcto funcionamiento de una universidad que se dice pública y que el proyecto rectoral tampoco menciona. Transparencia, publicidad de actos de gobierno, rendición de cuentas, no parecen figurar entre las obligaciones imaginadas por ninguna autoridad. Tampoco se alude al artículo 150 del Estatuto, que establece una doble ponderación en la elección de la fórmula rectoral y que se constituye en una discriminación bastante grosera, que devalúa ostensiblemente a los docentes, alumnos y graduados de la Facultad de Ciencias Humanas y que así fue entendido en diversas oportunidades por distintas listas en elecciones de claustro docente de la facultad. En su lugar y explotando lo que parece una fructífera alianza con el Rectorado, el Consejo Directivo se ha embarcado en un alambicado proceso de reestructuración de la facultad y de la universidad, como es la creación de Escuelas Superiores con el único objeto de remitir allí a la Carrera de Derecho. El mencionado artículo 2: oculta mal el desdén por la Escuela para la que solicita la apertura. “el nombre que se determine”. Los considerandos referidos a esta casi única propuesta son de una vaguedad que sorprenden: “cambios profundos que deben asumirse”, sin explicitar cuales; “que la escuelas superiores constituyen la opción adecuada“, ¿para qué?; o constataciones obvias: “Que las universidades nacionales argentinas, muestran antecedentes de creación del Escuelas Superiores”, sin decir por qué se aplican en Río Cuarto. Si académicamente la Resolución carece de cualquier argumentación más o menos consistente, desde el punto de vista de los derechos políticos, la Resolución parece ratificar el desinterés respecto de la suerte de la futura escuela y sus integrantes: “que el ejercicio democrático los garantiza“ y que “se deberá explicitar en el Estatuto o serán definidos en el Consejo Superior, según corresponda”, sin decir cuales son los derechos que para el Directivo les cabe (elegir sus propias autoridades, tener voz y voto en el Consejo Superior, votar formula rectoral y con que ponderación, etc.). Se debe recordar también que cuando el Departamento de Ciencias Jurídicas, tomo conocimiento de la intención de las autoridades de crear las Escuelas Superiores”, la idea mereció la elaboración por parte del Departamento de un “documento a debatir”. Documento que, más allá de la opinión que nos pueda merecer, tenía al menos el mérito de introducir por primera vez argumentos académicos e institucionales en la discusión. Pero el hecho, es que la Resolución 417, no recoge nada de dicho documento, ni siquiera lo menciona y desconocemos si el Departamento ha renunciado a él. Parece evidente por todo lo expuesto que estamos ante una iniciativa unilateral del Consejo Directivo, que no resuelve un solo problema de su sobredimensionamiento y apenas disminuye su heterogeneidad académica, aunque probablemente progrese hacia la uniformidad política de la misma. En el seno de la universidad la facultad seguirá estando subrepresentada, puesto que se renuncia siquiera a plantear la cuestión, con todas las consecuencias que ello implica. Por otra parte y mientras no se disipe la sensación de “expulsión”, que hoy tienen muchos miembros del Departamento objeto de la “propuesta” y al que se remite a una “Escuela Superior” con potencialidad de facultad, la iniciativa arriesga a generar condiciones de aislamiento dentro de la universidad. Es difícil que la futura unidad académica, nacida de la unilateral decisión del Directivo, se sienta espontáneamente “amiga” de la facultad que parece haberla segregado. Por el futuro de la facultad y de la universidad, sería más sensato y racional que se difiera al menos temporalmente cualquier reestructuración de las mismas en estas condiciones.
Programa “apoyo a la articulación universidad – escuela media II” Unidad académica: Secretaría Académica.
U.N.R.C.
En el transcurso de los años 2004-2006 se llevó
a cabo, desde la Secretaría Académica de nuestra universidad,
la implementación del “Programa de Articulación Curricular
entre la U.N.R.C y las Escuelas de Nivel Medio de la ciudad de Río
Cuarto y la Región”, a partir de una convocatoria del Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación. (aprobado
por Resol. SPU 422/2004)
Para el logro de los objetivos anteriores, se desarrollaron
en el año 2005 tres módulos:
El desarrollo de estos módulos involucró la participación de docentes de diferentes carreras de todas las Facultades de la U.N.R.C. y de docentes de Escuelas públicas y privadas de Nivel Medio correspondientes a localidades del Centro-Sur de la Provincia de Córdoba, a través de una vinculación orgánica y sistemática (vía Convenio marco y Plan de actividades año 2004-2005) con el Ministerio de Educación de la Provincia de Córdoba. Asimismo se incorporaron como destinatarios del proyecto en el módulo c, los alumnos de los sextos años del ciclo de especialización provenientes de diversos institutos públicos y privados de enseñanza media de la Provincia de Córdoba y de los sextos años del nivel polimodal provenientes de diversas escuelas de otras Provincias. La idea central desarrollada en la implementación de este proyecto
se vincula con la realización de acciones de trabajo colaborativo
entre docentes de escuelas medias y docentes universitarios en Talleres
y Encuentros Plenarios Interinstitucionales a fin de profundizar y ampliar
los Acuerdos Curriculares logrados en el año 2003, revisando contenidos,
estrategias de enseñanza y de evaluación con vista a su extensión
a todo el Ciclo de Especialización. Persigue como propósito
superar la centralización en los contenidos y abordar las competencias
básicas a desarrollar en los alumnos en las disciplinas de Lengua,
Matemática, Física, Química, Biología y en
el Área de Ciencias Sociales, estableciendo una relación
estrecha entre la noción de competencia y la de conocimientos socialmente
relevantes.
o «Enseñanza de la Química basada en competencias: articulación Universidad - Nivel Medio». |
![]() Por Nelson Cimminelli. Facultad de Ciencias Humanas |
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