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Trabajo conjunto de la Universidad y la Provincia

Capacitarán a ingenieros agrónomos sobre productos químicos y biológicos de uso agropecuario

17 de Agosto de 2017 - Permitirá a los profesionales actualizarse en temas relacionados con el registro de asesores fitosanitarios

Se firmará un convenio específico de colaboración entre el Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Provincia de Córdoba y la Universidad Nacional de Río Cuarto para desarrollar de manera conjunta una oferta académica destinada a profesionales ingenieros agrónomos, que les permita actualizarse en temas relacionados con el registro de asesores fitosanitarios en el marco de lo establecido en la Ley de Productos Químicos o Biológicos de Uso Agropecuario.

Se implementará un programa de actualización, que estará a cargo de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de esta Universidad Nacional y cuyo coordinador será el ingeniero Edgardo Zorza, docente investigador de esa unidad académica.

Además, técnicos y profesionales de la Provincia participarán en la organización de distintos encuentros y disertaciones.

Este acuerdo tendrá una duración de cuatro años. Fue avalado por el Consejo Directivo de la Facultad de Agronomía y Veterinaria, y aprobado por el Consejo Superior de la UNRC.

El artículo 11 de esa Ley provincial número 9164 señala: “El Organismo de Aplicación formalizará convenios con las universidades que otorguen título de Ingeniero Agrónomo, con el Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia de Córdoba, con el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (I.N.T.A.), con la Dirección de Ambiente, dependiente de la Agencia Córdoba Ambiente Sociedad del Estado y con la Agencia Córdoba Ciencia Sociedad del Estado, a los efectos de coordinar su participación institucional en el dictado de cursos de capacitación y actualización”.

La rúbrica estará a cargo del rector de la UNRC Roberto Rovere y el ministro de Agricultura y Ganadería de la Provincia Sergio Busso.

Los objetivos de la Ley en cuestión son la protección de la salud humana, los recursos naturales, de la producción agropecuaria y del patrimonio de terceros, de los daños que pudieran ocasionarse por usos contrarios a lo dispuesto en esa norma y la preservación de la calidad de los alimentos y materias primas de origen vegetal, como también asegurar su trazabilidad y la de los productos químicos o biológicos de uso agropecuario, contribuyendo al desarrollo sostenible y a la disminución del impacto ambiental que estos productos generan.

Se considera producto químico o biológico de uso agropecuario a todo elemento químico inorgánico u orgánico o biológico, que se emplea para combatir o prevenir la acción de insectos, ácaros, malezas, hongos, bacterias y roedores, perjudiciales al hombre o a los animales y de todo agente de origen animal o vegetal, que ataque o perjudique a las plantas útiles y sus productos, por ejemplo acaricidas, alguicidas, bactericidas, fungicidas, herbicidas, insecticidas, molusquicidas, nematicidas y rodenticidas. Esta definición incluye también a los productos químicos utilizados como fertilizantes e inoculantes, exceptuando los productos de uso veterinario.

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE RÍO CUARTO

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