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Cambios

Finalizó la reforma del estatuto del gremio nodocente

12 de Diciembre de 2019 - Ahora será enviado al Ministerio de Trabajo de la Nación para su homologación, tras la cual entrará en vigencia. El nuevo reglamento tiene 84 artículos y surgió a propuesta de la conducción del sindicato. De ahora en más, al menos el 30 por ciento de los miembros de la Comisión Directiva deberán ser mujeres. Luego de estos cambios, para el año que viene se anunció que el sector nodocente contará con su Estructura Orgánica Funcional

La redacción del estatuto de la Asociación de Trabajadores de la Universidad Río Cuarto (ATURC) fue aprobada por la Asamblea extraordinaria que comenzó a sesionar el pasado 19 de noviembre y que llegó a su fin este jueves, tras un par de cuartos intermedios.

La propuesta surgió de la Comisión Directiva del gremio nodocente y luego fue tratada en las sucesivas deliberaciones asamblearias. El nuevo reglamento tiene 84 artículos y ahora será enviado al Ministerio de Trabajo de la Nación para su correspondiente homologación.

La Comisión Directiva pasó a tener tres secretarios y un vocal más. Habrá una secretaría de Derechos Humanos, otra de Organización y otra de Comunicación, que se suman a las siete que ya existían en esta entidad sindical. Habrá cupo femenino: al menos el 30 por ciento de los miembros de la Comisión Directiva deberán ser mujeres. Y se eliminó el cuerpo general de delegados en el gobierno, dirección y administración de ATURC.

En la reunión última de este jueves, en una primera instancia se votaron en conjunto los 15 artículos referidos al régimen electoral. Después, se pasó al capítulo 14 vinculado con el patrimonio y los fondos sociales, marco en el que se aprobaron del artículo 78 al 81. Finalmente, ocurrió lo mismo con los artículos 82 y 83 vinculados con la disolución de la Asociación.

Concluida la reforma del estatuto, el titular de ATURC, Eduardo Tello, dijo que el gremio es superavitario y destacó: “Esta Comisión Directiva viene administrando con honestidad y capacidad los fondos de los afiliados”. Y agregó: “Nuestra postura es que la plata de los afiliados deber estar al servicio y en beneficio de los afiliados”.

El secretario general del gremio adelantó que el año que viene se hará la estructura orgánica funcional del sector nodocente, a la cual consideró como “un gran logro en el proceso de normalización de la planta que se está llevando adelante desde hace varios años”.

Dijo que se terminó de regularizar la planta nodocente con la apertura de concursos para los contratados y que ahora se impulsará la aprobación de una estructura orgánica funcional nodocente, una vieja deuda que tiene la Universidad ya que nunca ha tenido una.

Con la mira puesta en este objetivo, el dirigente adelantó que desde mediados de febrero recorrerá las distintas dependencias universitarias para hablar de lo que será la nueva estructura orgánica funcional “para -dijo- quitar miedos y disminuir expectativas”.

En tal sentido, Eduardo Tello sostuvo que “hay que buscar la financiación” para la puesta en marcha de esa nueva reestructuración, por lo que los cambios no serán de implementación inminente.

Indicó que ya vino al campus un evaluador externo, que será el encargado de hacer un diagnóstico de la actual estructura nodocente de la UNRC. Y que el año que viene se implementará una encuesta entre los trabajadores del sector para dar a conocer sus respectivas situaciones de revista, cargos, funciones y responsabilidades.

El dirigente remarcó: “Hace falta una estructura. Tenemos que intervenir” y agregó que “no será un proceso largo”. “Los nodocentes tenemos volver a pensar la Universidad para que cada vez funcione mejor”, señaló, a la vez que indicó que la nueva estructura va a permitir a los trabajadores proyectar su carrera laboral y mejorará el clima de trabajo en las distintas áreas.

Fue la última asamblea del año

La que finalizó este jueves, fue la última asamblea del gremio nodocente de la UNRC de 2019. La presidió Eduardo Tello, quien estuvo acompañado por Daniel Garis, secretario adjunto de la ATURC, y Jorgelina Gadea, secretaria de actas.

El tramo final de este debate asambleario se concretó en el aula 2 del pabellón 2 del campus.

Tello deseó a los presentes una feliz Navidad. Y dijo que estas fiestas son una buena oportunidad para unirse y compartir en familia. El dirigente anheló que “tengamos un muy buen 2020”, a la vez que se mostró muy esperanzado con el éxito del nuevo gobierno nacional, tras la asunción el pasado martes del presidente de la Nación Alberto Fernández y su compañera vicepresidenta Cristina Fernández. “Seguramente, va a mejorar la situación de los pobres, los hambreados, los jubilados, los trabajadores y las universidades nacionales”, cerró en medio del aplauso generalizado.

Algunas de las modificaciones estatutarias

Una de las modificaciones definidas es que ahora se contemplarán las deudas económicas como motivo de rechazo a la renuncia por parte de afiliados al gremio.

Por otro lado, en esta reforma integral del estatuto de la Asociación Trabajadores de la Universidad Nacional de Río Cuarto, también se hicieron cambios referidos a los afiliados pasivos. Quienes se jubilan deben haber tenido que ser afiliados activos del gremio en los cinco años previos a su retiro de la UNRC para poder seguir siendo afiliados, como pasivos. En lo que será el artículo 10 del nuevo estatuto dice: “Los afiliados a la A.T.U.R.C tendrán las siguientes categorías: a) La categoría de afiliados activos se corresponde para todos los agentes mientras desarrollen su actividad laboral en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto. b) La categoría de afiliados pasivos se corresponde para todos los afiliados activos en los últimos cinco años que, habiéndose acogido a los beneficios de la jubilación ordinaria o extraordinaria, desean seguir siendo afiliados a la ATURC, para lo cual deben expresar su voluntad en un plazo de 90 días desde su jubilación”.

En el capítulo cinco, se agrega la cancelación de afiliación a las sanciones disciplinarias. Se suma a las ya existentes: apercibimiento, suspensión y expulsión. Se remarca que “la suspensión no podrá exceder los 180 días, ni ser dispuesta sin previa vista al afiliado de los cargos en que se funda y otorgamiento de oportunidad suficiente para efectuar ofrecimiento de prueba, si fuera necesario y su descargo” y que “la suspensión del afiliado es facultad privativa de la Comisión Directiva. En todos los casos el afiliado suspendido podrá solicitarle a la Comisión Directiva que eleve todos los antecedentes, con los fundamentos de su decisión a la próxima Asamblea General para ser considerada por dicho cuerpo deliberativo, el que deberá revisar o ratificar el rechazo”.

Ahora “los órganos de gobierno, dirección y administración de la Asociación son los siguientes: a) Asamblea General y b) Comisión Directiva”.

En cuanto a la Comisión Directiva, se decidió que “estará compuesta de quince miembros titulares que desempeñarán los siguientes cargos: a) Secretariado: un Secretario/a General, un Secretario/a Adjunto, un Secretario/a de Finanzas, un Secretario/a de Acción Gremial, un Secretario/a Administrativo, un Secretario/a de Actas, un Secretario/a de Acción Social, un Secretario/a de Derechos Humanos y Género, un Secretario/a de Organización, un Secretario/a de Comunicación; b)Vocalías: cinco vocales titulares, nominados en formal ordinal como Primero, Segundo, Tercero, Cuarto y Quinto”. “Habrá además cinco vocales suplentes que sólo integrarán la Comisión Directiva en caso de renuncia, fallecimiento o impedimento de los vocales titulares”.

Y se determinó que “la representación femenina en los cargos de Comisión Directiva no podrá ser menor al 30 % de los mismos y de la totalidad de sus miembros el 75 % deberá poseer ciudadanía argentina. Su mandato durará cuatro años a partir del día cinco de setiembre de los años correspondientes al proceso electoral, y todos los miembros de la Comisión Directiva podrán ser reelegidos”.

De ahora en más será una obligación que el secretario general del gremio tenga ciudadanía argentina.

También, la nueva norma establece como obligación que la Comisión Directiva del gremio se reúna de manera ordinaria una vez al mes. En el estatuto dirá: “La Comisión Directiva se reunirá una vez cada treinta días, en forma ordinaria, y toda vez que sea citada por el secretario/a general, en forma extraordinaria. En situaciones que así lo ameriten la Comisión Directiva podrá declararse en sesión permanente”. Y se agrega que “el mandato de cualquier miembro de Comisión Directiva podrá ser revocado por justa causa por el voto del 51% de los afiliados cotizantes reunidos en Asamblea Extraordinaria convocada al efecto. En caso de destitución total, la Asamblea designará una junta provisional de tres miembros que deberá convocar a elecciones dentro de los diez días de designados”.

Entre las funciones de la Comisión Directiva se estableció: “ejercer la Dirección y Administración de la Asociación sujeta al cumplimiento de los objetivos, finalidades y derechos establecidos por este estatuto”; “tomar conocimiento de la memoria y los estados contables que le serán presentados a la Asamblea Ordinaria”; “convocar a Asambleas Extraordinarias cuando así lo soliciten por escrito el diez por ciento como mínimo de los afiliados, fijando en forma precisa y clara los puntos del orden del día”; “establecer el orden del día de las asambleas extraordinarias, incluyendo aquellos asuntos que le pudieran ser propuestos por un mínimo del cinco por ciento de los afiliados”; “invitar a exponer ante la Asamblea a personas no integrantes de la Asociación, relacionadas con los temas incorporados en el orden del día de la convocatoria”; “convocar a elecciones generales para la renovación de Comisión Directiva”; “decidir la adhesión a medidas de acción directas resueltas por las federaciones y/o confederaciones a las que este adherida la Asociación”; y “decidir sobre toda otra medida de acción directa ante la imposibilidad de convocar a la Asamblea General Extraordinaria en los plazos estatutarios, con la obligación de ponerlo a su consideración en la próxima convocatoria”.

Por otro lado, se especificaron con precisión los roles de los integrantes de la Comisión Directiva. Se estableció cuáles son deberes y atribuciones de cada uno de los secretarios y los vocales.

Además, se aprobó que en el nuevo estatuto del gremio se indique que “agrupará a los Trabajadores Nodocentes de la planta permanente de la Universidad Nacional de Río Cuarto, comprendidos en todas las categorías y agrupamientos establecidos por el Convenio Colectivo de Trabajo 366/6”, que “esta Asociación adhiere a la Federación Argentina del Trabajador de las Universidades Nacionales (F.A.T.U.N.) y, consecuentemente, a la Confederación General del Trabajo de la República Argentina. (C.G.T.- R. A)”, que “encuadra dentro de su representación a todo el personal nodocente de planta permanente que prestan servicios en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto, sean estos administrativos, profesionales o técnicos, asistenciales, obreros y de servicios generales”.

Otros de los objetivos incluidos en el nuevo régimen son los de “defender las libertades y derechos establecidos por la Constitución Nacional, como así también de toda la legislación laboral y de previsión social, bregando por la ampliación de los derechos sociales, económicos y políticos de los trabajadores nodocentes” y “ejercer, en el cumplimiento de sus fines, todos los derechos que le competen por la normativa vigente, a saber: formular su programa de acción sindical, negociar colectivamente, convocar reuniones y asambleas, realizar paros, huelgas, y adoptar demás medidas legitimas de acción sindical”.

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