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La valoraci�n social en los Estudios Ambientales y el caso del rechazo a Monsanto en R�o Cuarto

Por Nelso Doffo (*)
Publicado en diario Puntal el día 01 de febrero de 2014

La preocupación por las afectaciones humanas al ambiente son de vieja data; un ejemplo histórico fueron las quejas por los malos olores y contaminación que generaban las primeras curtiembres desde mediados del siglo XIX asentadas a la vera del Riachuelo, principal puerto de Buenos Aires hasta comienzo del siglo XX, cuya cuenca (Matanza-Riachuelo) es considerada un emblema de la degradación socioambiental de nuestro país.

Sin embargo fue recién con el impulso industrialista del capitalismo de posguerra, donde las consecuencias ambientales, fundamentalmente a la salud, de ese modelo de desarrollo, lo que motivó la generación de políticas de estado en la materia, así se crea a finales de los años 60 en Estados Unidos la “National Environmental Policy Act” (N.E.P.A.), se trata del primer sistema de normativas que dispone la elaboración del estudios de impacto ambiental (EsIA) a diversos emprendimientos, luego le seguirían los países de Europa del Este, Canadá entre otros. Está claro que estas políticas de ningún modo han cuestionado la problemática de fondo del desarrollo que proponía el capitalismo.

A finales de los ´70, entran en la escena mundial los movimientos sociales que comparten un eje común de lucha “comunidad-territorio-ambiente”, este emergente serán el principal motor de movilización social para presionar a los estados hacia un mayor rol de revisión y control sobre proyectos o emprendimientos en funcionamiento que comprometan la salud humana y afecten a los ecosistemas.

En Argentina la política ambiental aparece explícita durante el gobierno de Perón en el 1973 y se sustentó en una concepción del ambiente centrada en el concepto de naturaleza, que se vinculaba con un modelo de desarrollo autónomo de país(1). Luego esta política tomó un curso errático, como todo proceso histórico fue funcional a los cambios en el aparato de Estado y del modelo capitalista de acumulación dominante para estas regiones del planeta, así el paradigma ambiental se fue modificando no solo por tratarse de un concepto en permanente resignificación (dualismo Naturaleza/Cultura) sino también por estar íntimamente asociado a los modelos de desarrollo dominantes.

Al regreso de la democracia en Argentina, los estados nacional y provinciales reaccionaron generando una batería de normativas en dos grandes líneas de política ambiental, uno vinculado al rol preventivo de proyectos y otro al de control sobre los establecimientos en funcionamiento. La provincia de Córdoba fue pionera en materia de legislación ambiental con la sanción de la Ley 7343 durante 1985 y del decreto Reglamentario del Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) en 1990. En general las múltiples definiciones existentes sobre ambiente hacen referencia a la interrelación simbólico/material entre los sistemas naturales y la sociedad humana y en ese marco conceptual el EsIA, es definido como un instrumento de política ambiental de naturaleza técnico-administrativa que define un método de estudio y diagnóstico con el fin de identificar, predecir, interpretar y comunicar el impacto de una acción sobre el funcionamiento del medio ambiente, es decir que fue pensado con un marcado carácter preventivo, sobre los potenciales compromisos ambientales de un determinado emprendimiento.

Así el Estudio de Impacto Ambiental (EsIA), pretende mediante una valoración crítica realizada por la autoridad de aplicación, por ejemplo el Área de Ambiente del EDECOM (Municipal de Río Cuarto), brindar los argumentos para aceptar o rechazar un determinado proyecto. A pesar de que existen distintas metodologías de elaboración, los EsIA comparten el principio de relacionar los Factores Ambientales del entorno como: 1) Medio Natural: aire, tierra, agua, procesos físicos (erosión, inundaciones, etc.), flora, fauna, flujos ecológicos; 2) Medio Socio-económico: estructuras histórico-culturales-patrimoniales y económicas como la percepción social, empleo, inversión, infraestructura, sistema de salud, educación, etc y 3) Medio Perceptual: unidades de paisaje (valles, cuencas, cordones montañosos, etc.), con las Acciones de un Proyecto: separadas en las etapas de construcción, funcionamiento y abandono. La vinculación se realiza mediante una tabla (Matriz de Leopold), donde se cruzan todos los factores con todas las acciones, de cada intersección se analizan los posibles impactos, valorados en base a ciertos criterios, así llegan a conformarse matrices con tamaños importantes en función de la complejidad y escala del proyecto y que implican una gran cantidad de situaciones de impacto. Se puede percibir la naturaleza intrínsecamente compleja de algunos EsIA tanto en su elaboración como en su evaluación posterior, lo que debe necesariamente ser abordado en forma interdisciplinaria, para otorgarle una razonable dosis de intersubjetividad, al proceso de valoración crítica del estudio.

Sin embargo a pesar de más de 30 años de aplicación de estos instrumentos de prevención de impactos ambientales ninguno pudo predecir ni aminorar los conflictos y resistencias sociales por diversas afectaciones a las comunidades, y las batallas por la justicia ambiental lejos de disminuir se han acrecentado.

En general los EsIA suelen ser valorados desde una racionalidad “instrumental” que hace foco en las posibles afectaciones al medio natural (cantidad, calidad, disposición o dispersión de residuos a los suelos, cursos o cuerpos de agua, al acuífero, al aire, cuidando que no sobrepasen ciertos valores tolerables) o en los alcances y afectaciones a los ecosistemas (pérdida de habitad, alteración de las fuentes de alimentación y de vías migratorias, etc.). No obstante, desde esta perspectiva puramente instrumental se debilitan o desaparecen aspectos sociales, principalmente aquellos vinculados a la percepción social del proyecto, es decir a la valoración que hace la propia comunidad de un determinado territorio donde se impulsa un emprendimiento; este aspecto o dimensión no suele tener la misma jerarquía en la definición final acerca de la aceptación o rechazo ambiental de un proyecto, cuando por su propia definición el ambiente es conceptualizado como la intersección entre dos grandes esferas, la natural y la social, que sabemos no son independientes.
La subvaloración de dicha dimensión social del ambiente, en tanto apropiación subjetiva, ya sea durante la elaboración como la de evaluación del EsIA, pueden constituir al estudio como una instancia técnico-funcional que termina legitimando proyectos que suelen ser rechazados socialmente; un ejemplo de ello es el emblemático conflicto con la mina de oro en Esquel (2003), donde el EsIA fue aprobado por la autoridad responsable, mientras que la consulta popular realizada en ese municipio, arrojo un rechazo superior al 81% y cuyo porcentaje de participación de la población en la consulta, fue mayor que durante la elección de Intendente de esa localidad.

En su EsIA presentado al EDECOM, la firma Monsanto SAIC, reconoce como un impacto negativo la falta de aceptación social de su proyecto por la ciudadanía, consignándolo inclusive en las conclusiones de dicho informe. Sin embargo resulta curioso que el mismo informe no realice ninguna propuesta para revertir esa situación, lo que podría indicar el carácter subalterno que se le asigna a este aspecto en el informe.

Precisamente el argumento utilizado por el Intendente Juan Jure, introduce fuertemente el criterio vinculado al carácter social, planteando la posible afectación a la paz social que implicaría la instalación de la multinacional en Río Cuarto, señalando que existían suficientes elementos como para deducir el rechazo social del proyecto, expresado tanto por distintas ONG´s como por el propio Consejo Superior de la Universidad Nacional de Río Cuarto (Res Nº 284/12) y por los análisis y posicionamientos públicos de otras instituciones de la provincia, en particular los de la Universidad Nacional de Córdoba, a los que se le suman también las opiniones mayoritariamente desfavorables puestas de manifiesto en la audiencia pública convocada por el Concejo Deliberante de la ciudad durante el 2013. De este modo, se sienta un precedente inusual, ya que la valoración social ha sido el elemento decisor en el rechazo del proyecto comentado, contrario sensu a los elementos valorativos que en general suele utilizar los funcionarios responsables de aceptar o rechazar proyectos de esta naturaleza.

(*) Secretario de Planeamiento y Relaciones Institucionales de la UNRC.

(1) del Valle DIAZ, M. 2006. La política ambiental argentina: su errático desarrollo. KAIROS. Revista de Temas Sociales. Universidad Nacional de San Luis. Proyecto Culturas Juveniles Urbanas.