Universidad Nacional de Río Cuarto

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Red Interuniversitaria de Derechos Humanos

Declaración del CIN sobre el juicio por la matanza de Napalpí

  23 de Mayo de 2022

A 97 años de la aquella masacre y tras que la justicia se expidiera al declarar como probados los delitos de homicidio agravado y reducción a la servidumbre a medio millar de miembros de las comunidades Qom y Moqoit



Tras que la justicia federal de Chaco considerara que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un genocidio de los pueblos originarios, el CIN se expresó respecto de la Masacre de Napalpí.
El juicio por la verdad concluyó el pasado jueves con el veredicto que reconoció la responsabilidad del Estado en la masacre indígena de 1924 y ordenó una serie de medidas de reparación para las comunidades Qom y Moqoit.
El veredicto tuvo traducción simultánea a las lenguas qom y moqoit.
La jueza federal Zunilda Niremperger de Resistencia determinó que existió responsabilidad del Estado Nacional en la Masacre de Napalpí del 19 de julio de 1924 y consideró que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas.
El CIN emitió un documento, a través de su Red Interuniversitaria de Derechos Humanos, el cual lleva las firmas de María del Rosario Badano, Coordinadora Ejecutiva de esa Red, y Hugo Santos Rojas rector coordinador.


A continuación, el comunicado del CIN:



La Red Interuniversitaria de Derechos Humanos (RIDDHH) del Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) apoya y acompaña el primer juicio por la verdad sobre la matanza de Qom y Moqoit en Napalpí, territorio nacional del Chaco en 1924.
El juicio es uno de los primeros contra el Estado Argentino por agresión y violación por los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios y representa una búsqueda de la verdad, la memoria y la justicia.
La matanza de Napalpí fue una respuesta violenta llevada a cabo por las fuerzas represivas de seguridad del Estado Nacional con apoyo de civiles contra indígenas de los pueblos Qom y Moqoit quienes oprimidos en «reducciones estatales de indígenas» pedían al mismo Estado que medie en la mejora de las condiciones laborales a las que eran sometidos.
El juicio va exponiendo cómo la noción de Nación Argentina se fue erigiendo sobre el genocidio de los primeros habitantes del territorio nacional, los Pueblos Indígenas, quienes tras haber participado en las guerras de la independencia contra el imperio feudal español, fueron luego tomados como enemigos y vencidos en las campañas militares de la República entre fines de 1870 y 1911.
Los sobrevivientes y derrotados Pueblos Indígenas fueron «integrados» a la sociedad regional como mano de obra estacional.
La reducción estatal de Napalpí constituyó un dispositivo con diversos fines asimilacionistas y en particular para la construcción de los mismos como obreros.
Hacia 1924 las opciones que tenían los indígenas del Norte eran aceptar las injustas condiciones en que eran contratados en las explotaciones regionales o ser encerrados en estos campos de concentración y/o aniquilados a través de las armas.
Desde la RIDDHH apoyamos los objetivos de este juicio que procura esclarecer y determinar responsabilidades en torno a estos hechos de exterminio y opresión señalados, haciendo lugar a la verdad de lo acontecido, revitalizando los caminos de las Memorias de los Pueblos, al tiempo que se plantea como un modo de reparación e intento de efectivizar la Justicia para con los Pueblos Indígenas de Argentina.

María del Rosario Badano
Coordinadora Ejecutiva RIDDHH
Consejo Interuniversitario Nacional

Hugo Santos Rojas
Rector Coordinador RIDDHH
Consejo Interuniversitario Nacional



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