Universidad Nacional de Río Cuarto

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Derechos Humanos

Quieren que en la Universidad haya cupo laboral para personas Travestis, Transexuales y Transgénero

  08 de Agosto de 2023

Piden un mínimo del 1 por ciento de la totalidad de la planta docente y no docente. La iniciativa ingresó este martes al Consejo Superior. Será analizada por la Comisión de Interpretación y Reglamento. El objetivo es promover la incorporación de personas de ese colectivo, que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos vacantes en diferentes espacios que conforman esta casa de estudios

 

El Observatorio de Derechos Humanos y Área de Actuación en Situación de Violencia de Género y Discriminación de la Universidad Nacional de Río Cuarto presentaron este martes al Consejo Superior el proyecto “Cupo laboral travesti-trans Eliana Alcaraz”, basado en el principio de igualdad y no discriminación con base en la identidad de género auto percibida.

La iniciativa será analizada por la Comisión de Interpretación y Reglamento del cuerpo colegiado.

Proponen adherir a la Ley Nacional N°27.636 e implementar en el ámbito de la Universidad Nacional de Río Cuarto el cupo laboral para personas travestis, transexuales y transgénero “con el objetivo de promover la incorporación de personas de dicho colectivo que reúnan condiciones de idoneidad para los cargos vacantes en diferentes espacios que conforman la Universidad”.

Los impulsores puntualizaron: “Entiéndase por personas travestis, transexuales y transgénero a todas aquellas personas con una identidad de género que difiere de la asignación sexo-genérica que se realizó sobre ellas al nacer”.

Piden que se establezca que el cupo laboral sea de un mínimo del 1 por ciento de la totalidad de la planta docente y no docente de la Universidad Nacional de Río Cuarto, en todas las modalidades de contratación vigentes. Para lo cual proponen que se establezcan reservas de puestos de trabajo para que sean ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales y transgénero; y que se guarden las vacantes que se produzcan en los cargos correspondientes a quienes hayan ingresado bajo este régimen para ser ocupadas en su totalidad por travestis, transexuales y transgénero. Además, proponen que no se contabilicen las personas que siendo trabajadores realicen su transición.

Quieren que queden comprendidas en la nueva normativa las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral de sexo y el cambio de nombre de pila e imagen.

Esta propuesta se basa en la Ley Nacional N°27.636, conocida como Ley de Promoción del acceso al empleo formal para las personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán-Lohana Berkins”.

Tiempo atrás, en esta Universidad se inició el expediente 134.00, a partir de una nota elevada por los entonces consejeros Claudio Demo y Paulo Zambroni, por la que se impulsaba la promoción de empleo formal para personas trans y travestis, y la visualización de la población LGTBITIQ+ de la UNRC. Ahora se recuperaron los fundamentos esgrimidos en ese documento y se los actualizó.

La Ley de promoción del acceso al empleo formal para las personas travestis, transexuales y transgénero “Diana Sacayán – Lohana Berkins” (27.636) tiene por objeto “establecer medidas de acción positiva orientadas a lograr la efectiva inclusión laboral de las personas travestis, transexuales y transgénero, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en todo el territorio de la República Argentina”.

Los promotores de esta iniciativa en el ámbito de la UNRC puntualizan que en el artículo 20 de esa Ley se invita expresamente a las universidades, dentro del marco de su autonomía, a adherir a la misma. Y señalan que “en el caso de las personas trans, se trata de un colectivo social que ha sido permanentemente discriminado y estigmatizado en el ámbito laboral, entre otros tantos, limitando y condicionando gravemente sus posibilidades de vida”.

 

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