Consejo Académico

Es un órgano de asesoramiento para la Secretaría Académica de la Universidad Nacional de Río Cuarto, que tiene la misión de establecer políticas consensuadas, procedimientos académicos y administrativos unificados, y transformaciones sistemáticas, priorizando la articulación y participación de sus integrantes, en el tratamiento de temas, asuntos o casos y en el diseño de lineamientos y propuestas para la toma de decisiones institucionales.

Funciones

  • Coordinar las acciones, funciones y procedimientos; como así también articular programas y proyectos, entre la Secretaría Académica de la Universidad y las Secretarías Académicas de las Facultades.
  • Participar en los procesos de generación de propuestas, definición de lineamientos y políticas académicas para la Universidad.
  • Asesorar a los órganos de conducción de la Universidad en la definición, interpretación y/o instrumentación de lineamientos y políticas académicas.
  • Diseñar proyectos y programas académicos articulados y consensuados para el desarrollo y mejoramiento de la calidad de la formación, enseñanza y aprendizaje en la Universidad Nacional de Río Cuarto.
  • Proponer y consensuar programas y proyectos de articulación y vinculación interna y externa, en orden a los lineamientos político-académicos vigentes, con las unidades académicas y áreas de la Universidad y con los organismos ministeriales nacionales y jurisdiccionales, dependencias e instituciones de educación superior universitaria y no universitaria provinciales, nacionales e internacionales.

Composición

El Consejo Académico está integrado por:
  1. Secretario Académico de la UNRC: Prof. Pablo Santiago Pizzi. Actúa como coordinador.
  2. Secretarios Académicos de las cinco facultades:
    • Ciencias Económicas: Prof. Daniela Iris Consetti.
    • Agronomía y Veterinaria: Prof. Daniela Zubeldía.
    • Ingeniería: Prof. Leandro Giorgetti
    • Ciencias Humanas: Prof. Clarisa Veronica Pereyra
    • Ciencias Exactas, Físico-Químicas y Naturales: Prof. Ma. Marta Reynoso
  3. Un estudiante designado por la Federación Universitaria de Río Cuarto (FURC).
  4. Un responsable de Registro de Alumnos, designado por común acuerdo y en representación de las cinco facultades.
  5. Un representante por cada Centro de Estudiantes. Están presentes en carácter de observadores, tienen voz pero no voto y su asistencia no es considerada para el quórum de las reuniones.
  6. Representantes de alguno/s de los claustros que componen la Universidad o integrantes del Consejo Social. Su presencia sólo es solicitada cuando la temática del día lo requiere.


Resolución Consejo académico



Secretaría Académica
Universidad Nacional de Río Cuarto